Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos JOSÉ VICENTE DÍAZ y MARYNELLA HERNÁNDEZ ROJAS, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 62.954 y 47.375, respectivamente, en su carácter de defensores de los ciudadanos ALEJANDRA MILAGROS CONTRERAS ELIAS, titular de la cédula de identidad N° V- 15.505.851 y YORVIC ANTONIO CALVO; titular de la cédula de identidad N° V- 13.613.410, contra el pronunciamiento dictado el 23 de septiembre de 2013 por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el desarrollo de la Audiencia Preliminar, mediante el cual declaró SIN LUGAR la solicitud de nulidad interpuesta por la defensa. En .....