este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 5 al 9 De autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador JOSE COLINA MARTINEZ le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 422.500,00), mediante un (01) cheque librado contra el Banco Mercantil, a su nombre, distinguido con el número 07062424, de fecha 10/10/2013, por los conceptos laborales de Días Adicionales de Prestaciones Sociales artículo 142 de la LOTTT, Vacaciones Fraccionadas, Bono Vacacional Fraccionado, Utilidades Fraccionadas y sueldos, de conformid.....