PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MANUEL VICENTE CASTILLO GUILARTE y ZULAY DE FATIMA ARAUJO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad No. V-4.253.093 y V-3.967.785, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 17 de agosto de 1983, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, según consta en acta Nº 211.
TERCERO: Asimismo se ordenó librar oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada de la Sentencia y del aut.....