esta Sala 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, hace el siguiente pronunciamiento: ADMITE los recursos de apelación interpuestos: Primero: El 28 de octubre de 2013, por los ciudadanos JOSE SAUL LOPEZ PERICANA y FREDDY FUENTES TORREALBA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 29.795 y 12.248, respectivamente, en su condición de Apoderados Judiciales de la Empresa Multinacional de Seguros C.A., y del ciudadano TOBIAS CARRERO NACAR, ejercida el 28 de octubre de 2013, con fundamento en el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión del 21 de octubre de 2013, emitida por el Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, antes aludida; Segundo: El 28 de .....