En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Decimo Quinto (15º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por el ciudadano JOSE ALERCIO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.969.639 Así se decide.-
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los cónyuges, ciudadanos JOSE ALERCIO CORDERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-13.969.639 y ALBA ILUMINADA ZAMBRANO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-6.444.570, en fecha 19 de diciembre de 1984, por ante la Parroquia Sucre del Municipio Libertador, del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 911,asentada en el libro de mat.....