En base a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función del Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se REVOCA la Medida Cautelar de la cual goza el ciudadano CARLOS LUIS AULAR, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Rio Chico Estado Miranda, donde nació en fecha 25-10-88, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante, estado civil soltero, hijo de CISNE MERCEDES (v) y DE PADRE DESCONOCIDO, residenciado en San Fernando Rey del Guapo, calle los bloques, ranchito de color azul estado miranda, cerca de la Licorería Licorera, titular de la cédula de identidad N° 22.384.528, por encontrarse acreditado el supuesto previsto en el numeral 3 del articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se acuerda librar Orden de Aprehensión anexo a oficio dirig.....