El caso de marras, se refiere a un juicio de Cobro de Diferencia de prestaciones sociales interpuesto por el ciudadano WILLIAN DAVID ESCALONA SIRA contra la JUNTA LIQUIDADORA DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA. Ahora bien, considera este Tribunal, que el Tribunal Trigésimo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial, al momento de admitir la demanda, ha debido emplazarse a la propia Junta liquidadora del Consejo Nacional de la Cultura, en la persona de la ciudadana Emma Elionor Cesin en su carácter de Presidenta de la Junta Liquidadora, y ordenarse también la notificación del Procurador General de la Republica de conformidad con lo establecido en el articulo 96 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, toda vez que como indicó el mencionado organismo, la presente demanda se trata de un juicio que obra de manera indirecta contra los intereses de la Republica. Así se decide.
Otro aspecto importante que resaltar,.....