este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio incoado por la empresa: ASEA BROWN BOVERI, S.A, a favor del ciudadano: GUIDO PINTO.-
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
El Juez
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
La Secretaria
Abg. Gloria Medina
Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo las 02:21 pm.
La Secretaria
Abg. Gloria Medina