En consecuencia, este Juzgado, en virtud de la Transacción celebrada le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, solo en lo que respecta a los conceptos debidamente reconocidos como pagados; haciendo la salvedad que esta homologación no abarca el desistimiento de acción, reclamo o procedimiento judicial o administrativo que quisiera preservar la trabajadora para reclamar cualquier diferencia. Finalmente, habiendo constatado el pago total efectuado de manera íntegra se da por terminado el presente procedimiento, se ordena su archivo definitivo y el cierre informático del mismo, una vez vencidos los lapsos para el ejercicio de los recursos. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
La Jueza.
Abg. CAROLINA CHAKIAN MAYARLLAN
El Secretario
Abg. Marcial Mecia.