Sobre la base de todo lo antes expuesto, y atendiendo al contenido de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Se ordena la reposición de la causa al estado de admisión de la cita propuesta, y consecuentemente la citación de la compañía aseguradora, Banesco Seguros, C.A., que ha sido llamada a la causa para que comparezca al proceso.
Segundo: Se declara nulo el auto de fijación de audiencia preliminar en la presente causa, dictado en fecha 17 de enero de 2013; y consecuencialmente, la nulidad de todas las actuaciones subsiguientes al mismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.