En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos EDUARDO DOBLES SANCHEZ y NINFA MARGARITA PAREDES RODRIGUEZ, venezolanos mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-6.437.488 y V-8.047.242, respectivamente. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído ante la Oficina de Registro Civil Municipal del Municipio Sucre, el fecha 22 de noviembre de 2006, según consta en Acta N° 387.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.