Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ROLANDO JOSE RODRIGUEZ RAMOS y ADRIANA CAROLINA MORENO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-9.892.148 y V-11.992.748, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha veinte (20) de marzo de 2007, ante la Primera Autoridad de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, a tal efecto consignaron copia certificada del acta de Matrimonio Nº 04. TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes de conformidad con lo establecido en los artículos 475 y 506 del Código Civil y anéxense.....