Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Décimo (10º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por la ciudadana YUBIRY COROMOTO MORALES EBOLLEDO en contra del ciudadano CARLOS ALFREDO HOLGUIN ALONZO, ambos identificados al inicio de éste fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 22 de septiembre de 2005, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Antimano del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de copia certificada de Acta de Matrimonio anotada bajo el No. 231, folio 231, de fecha 22/09/2005, del Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 2005. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Jefatura Civil de la Parroquia Antimano d.....