Juzgado Primero de Primera (1°) Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente demanda incoada por el abogado JOSE VICENTE HARO VILLAGOMEZ, en representación del ciudadano JOSE ANTONIO GOMEZ, contra la empresa ESTACIÓN DE SERVICIOS CARICUAO 1, C. A.