DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: De conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le tiene por confesa a la parte demandada.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos interpuesta por el ciudadano FREDDY ENRIQUE CLEMENTE SOTO contra PROCESADORA DE ALIMENTOS GALVES, C.A.
TERCERO: Se ordena a la parte demandada cancelar al extrabajador los conceptos, como quedo establecido en la parte motiva del presente fallo.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trab.....