En fuerza de las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR,la inhibición formulada por la ciudadana JENNY SCHOTBORGH CARBALLO, en su carácter de JuezdelTRIBUNAL VIGÉSIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ello en el juicio qué por DESALOJO (GALPON), interpusiera el ciudadano JOSÉ RAMÓN BARCO VELAZQUEZ, contra el ciudadano JOSÉ BADAWY SLEIMAN ATALLA, por estar hecha en forma legal y causal establecida en la Ley.