Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta en fecha 24 de marzo de 2014, por los abogados FELIX EDMUNDO RODRIGUEZ MARTINEZ, NURIS ELENA MEDINA RIVERO y CLOTILDE CONDADO RODRIGUEZ contra FRANCIS LISCANO, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por prestaciones sociales y otros conceptos sigue el ciudadano LUIS EDUARDO LOICHET VALERA contra SPS RISK VIGILANCIA, C. A. SEGUNDO: SE IMPONE a cada uno de los abogados recusantes FELIX EDMUNDO RODRIGUEZ MARTINEZ, NURIS ELENA MEDINA RIVERO y CLOTILDE CONDADO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titu.....