DECISION
Por todos lo expuesto, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA:
PRIMERO: Se ratifica lo acordado por este Juzgado Segundo de Ejecución en la Audiencia para Oír al Sancionado de esta misma fecha, en la cual se decreta la PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de DOS (02) MESES, al joven SILVA GONZALEZ RODOLFO JOSE, en virtud del INCUMPLIMIENTO de la sanción de Libertad Asistida que por el lapso de un (01) año le fuera impuesta al referido joven, todo por considerar que lo manifestado por el joven adulto no es suficiente para justificar su incumplimiento, ordenándose como sitio de reclusión en la Casa de Reeducación y Rehabilitación e Internado Judicial "El Paraíso", todo ello conforme a lo establecido en los artículos 628 Parágrafo Segundo, Literal C y 641 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del .....