Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora en contra de la sentencia de fecha cinco (05) de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha cinco (05) de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio. TERCERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana NANCY TAMARA HERNANDEZ LOPEZ en contra de LABORATORIOS BIOPAS, S.A. CUARTO: SE MODIFICA la sentencia de instancia recurrida. QUINTO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.