Se dictó sentencia mediante la cual, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor y Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa planteada por el abogado Juan Bautista Navarro Montero, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil GRUPO FLAC 120, C.A.