Por tales consideraciones este JUZGADO TERCERO SUPERIOR PARA EL RÈGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte EDGAR MOTAVITA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra del fallo de fecha 18 de Octubre de 2004, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, y consecuencialmente REVOCA el fallo impugnado.- SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que el a-quo se pronunciarse sobre el fondo de la presente demanda.- TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria formal en costas.-