Oída las partes, este Juzgado 03° de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en uso de sus facultades legales conforme a lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA: PRIMERO: CESAR por cumplimiento efectivo, la medida de Libertad Asistida a la que estuvo sujeto la joven: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-XXXXXXXXX, nacida en XXXXXXXXXXXX, hija de XXXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, residenciada en: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, teléfono: XXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, por el lapso de 1 año, según se ordenó en la sentencia emitida por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento de la Sección Adolescentes de fecha 20 de Julio de 2006.....