Como consecuencia de lo expuesto y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente analizadas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por resolución de contrato de venta con reserva de dominio e indemnización por el uso del vehículo vendido, incoada por la sociedad mercantil CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA, FONBIENES, C.A., en contra del ciudadano GUSTAVO HIDALGO ÑAÑEZ, ambos suficientemente identificados en el encabezado de esta decisión, y en consecuencia, se dispone lo siguiente:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de venta con reserva de dominio atacado por la acción resolutoria que dio origen a este proceso, el cual se encuentra contenido en instrumento autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Chacao del Estado miranda, en fecha 23 de agosto de 2001, anotado bajo el N° 10, Tomo 123 de los libros de autenticacione.....