-III-
Por los argumentos antes expuestos este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. DAYANA ORTIZ RUBIO en su condición de Juez del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de mayo de 2010, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la ciudadana AGUSTINA MARÍA HERNÁNDEZ DE FEBLES contra la sociedad mercantil ESCRITORIO LUCAS, S.R.L., en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al referido Juzgado.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los treinta (30) día.....