INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por los abogados NAWUAL HUWARIS DIAZ y JOSE RICARDO APONTE, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil ALVANN ART DECO, C. A., en contra del Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial por presuntas violaciones a sus derechos constitucionales.