"...Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara Embargado Preventivamente el cincuenta (50) por ciento del sueldo que devenga el demandado, ciudadano SALVADOR ITALO NASTASI LACERNA, Titular de la cédula de identidad N° V-10.419.360, como empleado camarógrafo de prensa, de la Planta Televisiva VENEVISION, y el cincuenta (50) por ciento de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Bonificación Especial de fin de año, Vacaciones, utilidades. Asi como cualquier derecho que le pueda corresponder al referido ciudadano, lo desposesiona jurídicamente e instruye a los notificados a los fines de que una vez que se haga efectivo el cálculo de lo embargado, conforme lo establece el despacho, se remita Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio- Juez Unipersonal N° 4..."