Por las razones de hecho y de derecho anteriormente, expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo civil, Mercantil, del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la abogada Margoth C. Franco, en su condición de apoderado Judicial de los ciudadanos Manuel Francisco De Sousa Junior e Inés de Jesús de Sousa, contra el auto dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma circunscripción Judicial, en fecha 18 de junio del 2008 según el cual se oyó la apelación del auto dictado fecha 02 de junio de 2007, en un solo efecto.