III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos YOCAIMA ROSARIO DELGADO y AGUSTIN ANTONIO GOMEZ CARABALLO, asistidos por el abogado MANUEL DE ABREU, todos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 21 de Noviembre de 2003, por ante la Registradora Municipal del Municipio Chacao del estado Miranda; cuya acta quedó inserta bajo el No. 593, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.
TERCERO: Líbrese oficio a la Alcaldía del Municipio Chacao, anexándole al mismo copia certificada de la presente decisión, la cual se ordena expedir de conformidad con lo establecido en los artíc.....