DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, ALFREDO ANTONIO GONZALEZ RODRIGUEZ y MIREYA JOSEFINA CASTILLO VERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.010.272 y V- 4.431.216 respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha 25 de noviembre de 1976, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral del Distrito Federal, según copia certificada del acta de Matrimonio Nº 175, llevado por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral del Distrito Federal, correspondiente al año 1976, y que corre a los folios 04 y 05 de la presente solicitud.