Por las razones antes expuestas, este Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos IVAN WIHER GUINAND y LIBIA JOSEFINA ACOSTA DE WIHER, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 6.397.882 y V.- 9.645.394, respectivamente, contraído por ante la Prefectura del Municipio Mario Briceño Iragorry del Departamento Girardot del Estado Aragua, en fecha 28 de mayo de 1983, bajo el acta Nro. 227. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Oficina del Registro Civil del Estado Aragua y a la Prefectura del Municipio Mario Briceño Iragorry del Departamento Girardot del Estado Aragua a los fines de estampar la nota ma.....