este Juzgado Vigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN con carácter de cosa juzgada. Se ordena agregar a los autos la copia del cheque que este acto se le ha entregado al demandante. Finalmente con relación a la solicitud de dos (2) juego de copias certificadas del acta contentiva del acuerdo transaccional y su homologación, este Juzgado la acuerda, autorizando para ello a la ciudadana Secretaria a su expedición, una vez que cualquiera de las partes consigne los fotostatos correspondientes. Así se decide. Es todo, se leyó y conformes firman.