Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO IMPROCEDENTE la solicitud de homologación de la transacción suscrita entre el ciudadano Francisco José Cerezo Hernández y la sociedad mercantil Corporación Af Gran Mundo, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.