DISPOSITIVA
En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio dictada el 21 de diciembre de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia número 24 de Madrid, Reino de España, que decretó la disolución del vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ZOIREE NOHEMY GASIBA MARTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-17.125.722 y ALBERTO ALEJANDRO VELIZ CARRERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-17.142.924.