1-. COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por la ciudadana JOSÉ ENRIQUE QUINTANA ACHIQUE, titular de la cédula de identidad Nº V-24.435.710, asistido por el abogado Richard José Silva Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.770, en su carácter de Defensor Público Provisorio Sexto (6°) en materia especial Administrativa, Contencioso Administrativa y Penal para Funcionarios Policiales del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión administrativa identificada N° 056-2018 emana del Consejo Disciplinario Región capital (Caracas, Miranda y Vargas) del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C)
2-.ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
3.- IMPROCEDENTE el amparo constitucional cautelar en los términos solicitados de conformidad con lo dispuesto en la presente decisión.
4.- Se NIEGA la petición.....