En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, ejercida por la Abogada Nancy Teresa Herrera inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.030, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Luís Emilio Méndez Aponte, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 2.144.723, contra el Instituto de Previsión y Asistencia Social para el personal del Ministerio de Educación en consecuencia:
1.- se niega la solicitud de inclusión y pago retroactivo de unos ingresos del (0,75%) por concepto de alojamiento del Hotel Club Villas Ipasmar y Hotel Valle Grande conforme a la motivación que antecede.
2.- se desestima la solicitud de pago correspondiente al (0,75%) sobre los ingresos por alojamiento de los Hoteles Club Villas Ipasmar .....