"(...) En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; HOMOLOGA los presentes acuerdos transaccionales en los términos expuestos por estas, y que constan en el expediente, ordenando agregar a los autos el presente escrito, asimismo se da por terminado el presente asunto en cuanto a los trabajadores SIFONTES YUSMARY, C.I. Nº V-16.144.569 y NARVAEZ CARLOS, C.I. Nº V-17.729.198 (...)"