DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Ärea Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos ANTHONY DE JESUS VELASQUEZ MENDEZ y ALLEN GISELLE BASTIDAS FUENTES, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.472.220 y V-16.342.968, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Jefatura Civil de Macario del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 17-03-2006, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio N° 06, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios.-
Por cuanto los cónyuges manifestaron que no adquirieron bienes durante su unión conyugal, por lo tanto no tienen nada que liquidar. Expídanse copias .....