Este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión de fecha doce (12) de febrero de 2025 dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado; TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS al apelante. CUARTO: SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN de ambas partes motivado a la fecha de publicación del presente fallo, y a los fines de asegurar su derecho de alzamiento contra la sentencia, una vez agotados los cinco (05) días de despacho posteriores a la última de las notificaciones cuya constancia se deje en autos.