En virtud de los argumentos de hecho y de Derecho que anteceden, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares, incoara la sociedad mercantil "Compañía Anónima Metro de Caracas", en contra de la empresa "La Central de Seguros, C.A.", hoy "Seguros Mercantil, C.A.", ambas ampliamente identificadas en el encabezamiento de esta decisión.
SEGUNDO: En consecuencia, se condena a la demandada al pago de la suma de Siete Millones Setecientos Veinticuatro Mil Doscientos Veintidós Bolívares con Ochenta y Cinco Céntimos (Bs. 7.724.222,85) por conceptos de precio básico del contrato, precio básico de la obra ejecutada, precio básico de obra no ejecutada, indemnización, pagos hechos a la contratista o a su nombre, precio .....