VI
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de DESALOJO interpuesta por la Sociedad Mercantil SUMINISTRADORA CHI, C.A., contra la Sociedad Mercantil DECORACIONES BELMONDO C.A., todo identificados en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada que entregue a la parte actora el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, constituido por dos (2) edificaciones contiguas, tipo galón, distinguidas con los números 3 y 4 del Bloque 2, que forma parte de la parcela terreno No. 2, situada en la Urbanización Industrial La Yaguara, Jurisdicción de la Parroquia La Vega, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
TERCERO: Se condena a la parte demand.....