En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la ciudadana FANNY BRITO DE ROYETT, abogada e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 63.156, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EIRA ZULEIMA REYES RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.180.369, contra la sentencia de fecha 24 de mayo de 2010, dictada por la Jueza Unipersonal VII del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial, actualmente Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito.....