III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU INCOMPETENCIA para conocer de la demanda interpuesta por el abogado Efraín Sánchez inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 33.908, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LESBIA CANDELARIA SÁNCHEZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nro. 3.955.066, contra C.V.G. INTERNACIONAL C.A.
2.- DECLINA SU CONOCIMIENTO en los Tribunales Laborales de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
3.- SE ODERNA la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
Publíquese y regístrese, cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos del Tribunal.....