Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la acción que por Cobro de Bolívares sigue la Sociedad Mercantil CONDOMINIOS ACTUALES G.R., C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES ECECA C.A. En consecuencia se ordena a la parte demandada perdidosa, a lo siguiente:
PRIMERO: Pagar la cantidad total de cuarenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve bolívares con treinta y cinco céntimos (Bs. 46.859,35), por concepto de treinta y tres cuotas (33) cuotas mensuales de condominio vencidos y no pagados.
SEGUNDO: Se ordena la indexación monetaria del monto señalado en el particular anterior, para lo cual se ordena experticia complementaria del fallo, conforme a lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
TERCER.....