Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de reposición planteada por la Procuraduría General de la República. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta por la Fundación "Teatro Teresa Carreño" contra el acto administrativo n° 0201-11 (expediente N° 079/2011/01/01501) de fecha 31/08/2011, emanado de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Caracas Sur, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo consultado. No hay condenatoria en costas.