este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la FUNDACIÓN TERESA CARREÑO, y la ciudadana DANIELA BEATRIZ MURO ORTEGA, por la cantidad de DIEZ MIL TRECIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON 61/100 CÉNTIMOS (Bs.: 10.310,61), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Asimismo, se dará por terminado el presente asunto una vez vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, este Tribunal acuerda expedir por secretaría dos (02) juegos de copias certificadas del escrito de transacción presentado en fecha 18 de diciembre del año 2012, así como del presente auto, ello de conformidad con el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez conste en a.....