En el día de hoy 28 de Marzo de de 2.008, siendo l, oportunidad fijada para tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de los Ciudadanos: EDGAR RAMON SANCHEZ, en su condición de parte actora; su apoderado judicial LA PROCURADORA DEL TRABAJO GABRIELA RUIZ I.P.S.A. Nro. 118.253, por otra parte se deja constancia de la comparecencia de la comparecencia de la parte demandada PROTECCIÓN Y SEGURIDAD ( GRUPOSE), C.A. representada por el ABOG. ACACIO TERAN. En este estado este Juzgado deja constancia que ambas partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente ambas partes en forma conjunta exponen: A fin de dar por terminado el presente juicio hemos convenido en realizar la siguiente transacción: La Parte demanda conviene en cancelar a la parte actora la única y total cantidad de (UN MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 57/1.411,57los cuales serán.....