Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos Néstor José Santos Rodríguez y Catherine Zamora Lima, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-14.890.533 y V-13.993.135, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ambos en fecha 03 de junio de 2011, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta de acta inscrita bajo el Nº 564, Folio N° 64 del Libro de Registro Civil N° 03 del año 2011. TERCERO: Líbrense oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certifi.....