IV
En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación planteado por el ciudadano HORACIO MORALES LEÓN, en su carácter de defensor del ciudadano JONATHAN JOSÉ SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V-17.008.127, contra la decisión dictada el 25 de febrero de 2015, por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó contra el imputado de autos, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 237 num.....