En respeto al criterio sentado por la Sala Constitucional y señalado por la Sala de Casación Social, supra mencionados, este Juzgado considera que, sin que existiera o se diera inicio al procedimiento de oferta real de pago, el ciudadano MAICOL DENNYS PASION QUINTIN y la sociedad mercantil CORAGERSE 2010, C.A., presentaron escrito transaccional extra-proceso o de manera extrajudicial, debiendo ser revisada por el Inspector de Trabajo, quien deberá emitir el pronunciamiento sobre su homologación o no, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, siendo obligatorio por este Juzgado declarar la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. Así se establece.
III
De acuerdo a las anteriores consideraciones, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declara la falta de jurisdic.....