D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA el Confinamiento al penado NEIL ALBERTO ALCALA BELLO, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.408.217, por el incumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 20 del Código Penal.
En consecuencia, notifíquese a las partes y a la División Nacional de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, anexándole Boleta de Encarcelación a nombre del antes mencionado penado, participando lo conducente